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Llegó el día: Cesár Villanueva sustenta la cuestión de confianza

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La convocatoria del Pleno está prevista a las 09:00 horas. En esta sesión, Villanueva sustentará la cuestión de confianza, con el fin de lograr el respaldo requerido para la implementación de la Política General del Gobierno.

La convocatoria del Pleno está prevista a las 09:00 horas.

El presidente del Consejo de Ministros, César Villanueva, se presenta desde las 9 a.m. ante el pleno del Congreso a fin de sustentar la cuestión de confianza anunciada por el presidente Martín Vizcarra buscando darle celeridad a la aprobación de las reformas constitucionales propuestas por el Ejecutivo, y que se busca someter a referéndum

En la víspera, cinco de las siete bancadas adelantaron que respaldarán el pedido del Gobierno: Peruanos por el Kambio (PpK), Nuevo Perú, Frente Amplio, Alianza para el Progreso y Apra. 

En el caso de Fuerza Popular, bancada con mayoría simple, su vocera Úrsula Letona precisó que el grupo parlamentario tomará una decisión después de escuchar a Villanueva. Posición similar se tomó en Acción Popular. 

-¿Qué es la cuestión de confianza?-

La cuestión de confianza es un instrumento constitucional regulado por los artículos 130, 132, 133 y 134 de la Constitución Política del Perú. Mediante estos el Poder Ejecutivo puede solicitar el apoyo de la mitad más uno del número legal de congresistas ante circunstancias que exijan respaldo político.

En este caso, el oficio dirigido por Villanueva a la presidencia del Congreso alude a una “afectación grave e irrazonable a la Política General de Gobierno” como sustento de la cuestión de confianza presentada.

La dilación de más de 40 días en el debate de la reforma política y judicial supone, a ojos del Ejecutivo, una afectación a tres ejes de dicha política: la integridad, la lucha contra la corrupción y el fortalecimiento institucional para la gobernabilidad del país.

La cuestión de confianza se presenta como un pedido de apoyo ante las política del gobierno, no como un intento de aprobar las reformas en la sesión del miércoles.

-¿Cuándo se presenta?-
La cuestión de confianza debe ser planteada por iniciativa ministerial, como lo hizo hoy el primer ministro Villanueva.

Según el artículo 133 de la Constitución, “el Presidente del Consejo de Ministros puede plantear ante el Congreso una cuestión de confianza a nombre del Consejo”. La Carta Magna no establece requisitos ni restricciones para el uso de dicha facultad.

Si el Parlamento le rechaza la confianza al Presidente del Consejo de Ministros, la Constitución detalla que “se producirá la crisis total del gabinete”. Tras dos negativas de confianza a un Gabinete Ministerial, el jefe del Estado estará facultado para disolver el Parlamento.

-Cierre del Congreso-
En ese sentido, el oficio enviado por el jefe del Gabinete Ministerial contabiliza la nueva cuestión de confianza como la segunda “en lo que va del gobierno 2016-2021”.

Con esa frase el primer ministro deja claro que el rechazo de la confianza al ex primer ministro Fernando Zavala, bajo la gestión de Pedro Pablo Kuczynski, es tomada por el actual gobierno como la primera en el camino hacia un eventual cierre del Congreso.

El artículo 134 de la Constitución establece que “el decreto de disolución contiene la convocatoria a elecciones para un nuevo Congreso”. Las eventuales elecciones se deberán realizar dentro de los cuatro meses posteriores a la fecha de disolución “sin que pueda alterar el sistema electoral preexistente”.

El Parlamento no podrá disolverse en el último año de mandato. Efectuada la disolución, la Comisión Permanente del Congreso se mantendrá en funciones ya que “no puede ser disuelta”, según detalla la Carta Magna.