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Desalojo Apertac: PJ “observa” documentos presentados por el GRT

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Resolución judicial deja en evidencia que el GRT no presentó copias de escritos, según establece el artículo Nro. 133 del Código Procesal Civil.

(Foto: Radio Uno)

Pese a que el tema APERTAC es un caso de suma importancia y si bien ya se cuenta con una resolución de desalojo dispuesta por el Poder Judicial, el Gobierno Regional de Tacna cometió un error de formalidad.

Mediante resolución Nro.43, el Primer Juzgado Civil, dejó en evidencia que la Procuraduría Regional incumplió con el art. 133 del código procesal civil ya que no adjuntó las copias del escrito  Nro. 7747-2017  referido a la documentación en el que solicita fecha y hora para el lanzamiento, allanamiento y descerraje en la Asociación de Pequeños Empresarios Región Tacna –APERTAC.

El artículo 133 referido a  copia de escrito y anexo indica que, “tratándose de escritos y anexos sobre los que deba recaer alguna de las resoluciones citadas en el artículo 157, quien los presente debe acompañar tantas copias simples de ambos como interesados deba notificarse”.

Como se recuerda, el procurador Ad Hoc del GRT, Alfredo Ponce López, indicó que aún están a la espera de que el Primer Juzgado Civil emita fecha y hora para la ejecución del desalojo, que – según mencionó- viene demorando por la carga procesal existente, estimando que ésta podría darse dentro de unos quince días, teniendo en cuenta que el proceso finalizó y existe una orden de desalojo a ser cumplida. 

Cabe mencionar que la notificación también comprende a la parte demandada, APERTAC, en referencia al escrito Nro. 7987-2017. Se le menciona que existe una variación en el domicilio procesal, requiriéndole que señale casilla electrónica para las notificaciones respectivas.